El Tribunal Constitucional respalda la ley del suelo andaluza
El Tribunal Constitucional (TC) ha respaldado la Ley 7/2002 del suelo de Andalucía, aunque establece limitaciones en cuanto al uso residencial en suelo rústico. Esta decisión del TC se produce tras admitir parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno en 2013.
Principales aspectos de la decisión del Tribunal Constitucional
- El TC avala la mayoría de los preceptos de la ley andaluza del suelo, pero limita el uso residencial en suelo rústico.
- La sentencia del Tribunal establece que las edificaciones en suelo no urbanizable que estén destinadas a vivienda habitual deben supeditarse a la normativa estatal y autonómica.
- Se confirma la constitucionalidad de la normativa andaluza en aspectos como la reserva de suelo para vivienda protegida y la regulación de la edificación en suelo no urbanizable para uso agrícola, ganadero, forestal o agropecuario.
- El TC declara inconstitucionales y nulos los apartados de la disposición adicional quinta y la disposición transitoria segunda de la ley andaluza.
La decisión del Tribunal Constitucional genera un importante impacto en la regulación del suelo en Andalucía, al establecer limitaciones en el uso residencial en suelo rústico. Esta resolución, tras admitir parcialmente el recurso del Gobierno, supone un hito en la jurisprudencia relacionada con la planificación urbanística y el uso del suelo en la comunidad autónoma.