El Tribunal Supremo ratifica condena a guardias civiles por ordenar «desnudos integrales» en un control
El Tribunal Supremo ha respaldado la condena impuesta a dos guardias civiles por ordenar «desnudos integrales» a tres personas durante un control en 2016. Aunque en primera instancia se les había absuelto, la Audiencia Provincial de Madrid los condenó a un año de prisión y seis de inhabilitación.
Detalles del caso
Los hechos ocurrieron cuando los agentes pararon un vehículo en el que viajaban tres personas de origen magrebí. Tras solicitarles la documentación, ordenaron que se desnudaran por completo para realizar un registro en busca de drogas. Esta actuación fue considerada humillante y vejatoria, lo que llevó a la condena de los guardias civiles.
Ratificación por el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid al considerar que hubo un trato degradante hacia los ciudadanos durante el control. Además de la condena de prisión e inhabilitación, los dos agentes deberán indemnizar a cada una de las tres víctimas con 9.000 euros.
Repercusiones del fallo
- Establece un precedente en cuanto al respeto de los derechos fundamentales en los controles policiales.
- Pone énfasis en la importancia de la actuación ética y respetuosa de los cuerpos de seguridad del Estado.
- Refuerza las garantías para prevenir abusos de autoridad y tratos degradantes.
La ratificación de la condena por parte del Tribunal Supremo envía un mensaje claro sobre la intolerancia ante actuaciones que vulneren la dignidad de las personas, incluso en el ejercicio de funciones de seguridad. Esta decisión destaca la necesidad de respetar los derechos humanos en todo momento y circunstancia.