El Supremo reconoce derechos de fijos discontinuos
El tiempo de inactividad computará como antigüedad
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia trascendental para los empleados con contratos fijos discontinuos. La resolución reconoce que el periodo de inactividad entre contrataciones debe computar como antigüedad laboral, lo cual impactará en derechos laborales y beneficios para estos trabajadores.
Aspectos destacados de la sentencia:
- El Supremo respalda que los periodos de inactividad de los fijos discontinuos deben ser considerados como tiempo de servicio a efectos de antigüedad.
- Esta decisión representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de este tipo de trabajadores.
- Los fijos discontinuos suelen ser empleados en sectores como hostelería, turismo y comercio, donde es común la alternancia entre periodos de trabajo y descanso.
- La sentencia del Supremo sienta un importante precedente que podría influir en la regulación de los contratos fijos discontinuos en el futuro.
Esta resolución del Tribunal Supremo tiene un impacto directo en la estabilidad laboral y el reconocimiento de la trayectoria profesional de los trabajadores fijos discontinuos. Es un paso relevante en la consolidación de derechos laborales, especialmente en sectores marcados por la estacionalidad.
En conclusión, la reciente sentencia del Tribunal Supremo marca un hito en la equiparación de derechos laborales para los empleados fijos discontinuos, fortaleciendo su posición en el mercado laboral y garantizando un trato más justo en términos de antigüedad y beneficios laborales.