Supremo rechaza derecho al olvido para secretario judicial en caso Miguel Hernández

El Supremo rechaza el derecho al olvido para el secretario judicial del proceso que condenó a muerte a Miguel Hernández

El Tribunal Supremo se pronuncia sobre el derecho al olvido

El Tribunal Supremo de España ha rechazado el derecho al olvido para el secretario judicial que participó en el proceso que condenó a muerte al poeta Miguel Hernández durante la dictadura franquista. A pesar de que el secretario solicitó que se eliminara cualquier referencia a su persona en relación con este caso, el Supremo consideró que la petición debe ser denegada.

Antecedentes del caso

– El proceso judicial que llevó a la condena a muerte de Miguel Hernández tuvo lugar en 1940, durante la dictadura de Francisco Franco.
– El secretario judicial, cuya identidad no ha sido revelada, participó en dicho proceso y firmó la sentencia de muerte del poeta.
– Años después, el secretario solicitó que se eliminara cualquier mención a su participación en este caso, invocando el derecho al olvido.

Decisión del Tribunal Supremo

– El Supremo ha rechazado la petición del secretario judicial, argumentando que su participación en un proceso judicial de relevancia histórica como el de Miguel Hernández no puede ser eliminada de la memoria colectiva.
– La sentencia del Tribunal Supremo destaca la importancia de preservar la memoria histórica y rechaza aplicar el derecho al olvido en este caso concreto.

Conclusión

En definitiva, el Tribunal Supremo ha determinado que el secretario judicial no tiene derecho al olvido en relación con su participación en el proceso que condenó a muerte a Miguel Hernández. Esta decisión destaca la relevancia de preservar la memoria histórica y el legado de figuras como el poeta Miguel Hernández en la historia de España.

Palabras clave: Tribunal Supremo, derecho al olvido, Miguel Hernández, sentencia, memoria histórica.

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