¿Cuándo debe realizarse la ITV según el tipo de vehículo?
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que se debe realizar periódicamente para garantizar que los vehículos circulan de forma segura y cumplen con las normativas vigentes. La frecuencia con la que se debe pasar la ITV varía según el tipo de vehículo. A continuación, detallamos cuándo tiene que realizarse la ITV según el tipo de vehículo:
Vehículos particulares:
- Los turismos deben pasar la ITV cada dos años a partir del cuarto año de antigüedad.
- Los vehículos de más de nueve plazas destinados al transporte de personas deben pasar la ITV cada año a partir del segundo año de antigüedad.
- Los vehículos mixtos adaptables deben pasar la ITV cada dos años a partir del segundo año de antigüedad.
Vehículos ligeros:
- Las furgonetas y vehículos mixtos ligeros deben pasar la ITV cada dos años a partir del tercer año de antigüedad.
Vehículos pesados:
- Los vehículos de carga con una MMA superior a 3.500 kg deben pasar la ITV cada año a partir del primer año de antigüedad.
Recuerda que es responsabilidad del propietario del vehículo asegurarse de que la ITV esté al día, ya que circular con la ITV caducada puede acarrear sanciones. ¡Mantén tu vehículo en regla y circula con seguridad!
En resumen, la ITV debe realizarse:
- Cada dos años para turismos, mixtos adaptables y vehículos mixtos ligeros.
- Anualmente para vehículos de más de nueve plazas, de carga con MMA superior a 3.500 kg.
No descuides la ITV de tu vehículo, ¡garantiza tu seguridad y la de los demás en la carretera!
palabras clave: ITV, vehículos, inspección técnica, seguridad, normativas