Los usuarios no tienen derecho a indemnización en vuelos afectados por fallo informático
La situación actual
Recientemente, se ha confirmado que los usuarios de vuelos afectados por un fallo informático no tienen derecho a indemnización. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El fallo informático
Este fallo informático, que provocó la cancelación de numerosos vuelos, no dará lugar a compensaciones económicas para los pasajeros perjudicados. El tribunal considera que se trata de un caso de «circunstancias extraordinarias» que eximen a las aerolíneas de responsabilidad.
Decisiones anteriores
En decisiones anteriores, el tribunal ya había establecido que los incidentes relacionados con problemas técnicos inesperados y no suelen estar incluidos en las obligaciones de las aerolíneas.
Recomendaciones para los pasajeros
Ante esta situación, es importante que los pasajeros afectados por cancelaciones de vuelos por motivos de fallos informáticos consulten con la aerolínea para conocer sus derechos y posibles opciones de reembolso o cambio de vuelo.
Conclusión
En resumen, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que los usuarios no tienen derecho a indemnización en casos de vuelos afectados por fallos informáticos, considerándolos como circunstancias extraordinarias. Es fundamental que los pasajeros estén informados sobre sus derechos y opciones en estas situaciones.
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