El TSJA rebaja en tres años la pena a un joven por abuso a menor con la ley del ‘sólo sí es sí’
La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido en tres años la condena a un joven que abusó de una menor en un pueblo de Granada, utilizando el principio de la ley del ‘sólo sí es sí’.
El caso en cuestión
El individuo, inicialmente condenado a cinco años de prisión por abusar sexualmente de una menor de 15 años, vio reducida su condena a dos años al considerar el tribunal que no se había obtenido el correspondiente ‘sí’ de la víctima, como establece la ley.
La aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’
La sentencia destaca que, aunque no se puso en duda la veracidad de los hechos, la ausencia de un consentimiento expreso por parte de la menor llevó a la reducción de la condena.
Reacciones y polémica
Esta decisión del TSJA ha generado controversia y críticas, especialmente por parte de colectivos feministas, quienes consideran que la reducción de la pena envía un mensaje ambiguo sobre la protección de las víctimas de abuso.
Conclusión
La rebaja en la pena a un joven por abuso a una menor en base a la ley del ‘sólo sí es sí’ ha generado debate sobre la interpretación y aplicación de esta normativa en casos de abuso sexual, poniendo de manifiesto la importancia de clarificar y fortalecer la protección de las víctimas en el sistema judicial.
Palabras clave:
– TSJA
– Abuso sexual
– Ley del ‘sólo sí es sí’
– Menor
– Condena